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MasterMath

Gastos de comunidad por coeficiente

Reparte un gasto de comunidad según los coeficientes de participación de cada vivienda, que son los que constan en la escritura y no tienen por qué ser iguales.

Moneda y formato de

Paga más

—

Paga más—
Paga menos—
Si se repartiera a partes iguales—
Suma de los coeficientes—
Viviendas—
Comprobación—

Reparto por vivienda

ViviendaCoeficienteParteImporte

Cómo se ha calculado

    La fórmula

    Cuota de cada uno = importe × coeficiente ÷ suma de coeficientes

    De dónde sale

    El coeficiente de participación es el porcentaje que cada vivienda representa sobre el total del edificio, y se fija en la escritura de división horizontal según la superficie y otros factores. Los gastos comunes se reparten en proporción a ese coeficiente salvo que los estatutos digan otra cosa, así que un ático grande paga más que un bajo pequeño por el mismo ascensor.

    Cómo calcularlo a mano

    1. Busca el coeficiente de participación de cada vivienda en la escritura
    2. Súmalos todos
    3. Divide el coeficiente de cada uno entre esa suma
    4. Multiplica por el importe del gasto

    Lo que conviene saber

    Si escribes los coeficientes de todo el edificio, la suma debería dar cien y aquí se avisa cuando no. Pero el reparto funciona igual con unos pocos vecinos, porque se hace en proporción: lo que no se puede hacer es tomar el resultado parcial como la cuota real de cada uno. Y hay dos excepciones habituales: los estatutos pueden eximir a los bajos del ascensor, y ciertas obras se reparten por acuerdo de la junta y no por coeficiente.

    Preguntas frecuentes

    ¿Dónde está mi coeficiente?

    En la escritura de la vivienda y en la de división horizontal del edificio. También suele aparecer en los recibos de la comunidad.

    ¿Tienen que sumar cien?

    Los de todo el edificio, sí. Si metes solo algunos vecinos, la suma será menor y el reparto es proporcional, no la cuota real.

    ¿Se puede repartir a partes iguales?

    Solo si lo dicen los estatutos o lo acuerda la junta. Por defecto, la ley reparte por coeficiente.

    ¿Los bajos pagan el ascensor?

    Depende de los estatutos. Es la excepción más común, y tiene que estar escrita para poder aplicarse.

    ¿Y las derramas por obras?

    Por coeficiente también, salvo acuerdo distinto de la junta. Las obras de accesibilidad tienen reglas propias en muchos países.