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Calculadora del salario diario integrado (SDI)

El salario diario integrado añade a tu salario diario la parte proporcional del aguinaldo y de la prima vacacional. Es la base con la que cotiza el IMSS y con la que se calcula una indemnización, y sube conforme suben tus vacaciones.

Salario diario integrado

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Salario diario—
Días de vacaciones que te tocan—
Parte del aguinaldo—
Parte de la prima vacacional—
Factor de integración—
Lo que añade al salario diario—
Factor al cumplir otro año—
SDI mensual (× 30)—

Cómo se ha calculado

    Resultado orientativo. Es el cálculo con las prestaciones mínimas de ley más las que declares. No aplica el tope de veinticinco UMA del IMSS ni las exenciones del artículo 27 de la Ley del Seguro Social, que dependen de cómo esté pactada cada prestación.

    Qué es el salario diario integrado

    El artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo dice que el salario se integra con todas las cantidades que se entregan al trabajador por su trabajo, no solo con el sueldo que aparece cada quincena. El aguinaldo y la prima vacacional se cobran una vez al año, pero se ganan todos los días, así que su parte proporcional forma parte del salario diario.

    Esa cifra tiene tres usos que importan. El IMSS cotiza sobre ella, de modo que determina lo que el patrón aporta y, a través de eso, tus semanas cotizadas y tu futura pensión. El Infonavit la usa para el crédito. Y la indemnización por despido injustificado se calcula sobre el salario integrado, no sobre el nominal: quien negocia una salida con el sueldo de la nómina en la mano está calculando de menos.

    El factor de integración

    En vez de sumar pesos, el cálculo se suele expresar como un multiplicador. El factor parte de 1, que es el salario mismo, y le suma dos fracciones:

    Factor = 1 + (días de aguinaldo ÷ 365) + (días de vacaciones × prima % ÷ 365)

    Con las prestaciones mínimas de ley y un año de antigüedad son quince días de aguinaldo y doce de vacaciones al 25 %: 1 + 0,0411 + 0,0082 = 1,0493. Es el número más repetido de cualquier área de nóminas en México, y conviene entender de dónde sale en vez de memorizarlo, porque deja de valer en cuanto cambia una de las dos prestaciones.

    El factor sube con la antigüedad, y esa es la parte que más se olvida. No porque suba el aguinaldo, que es fijo, sino porque suben los días de vacaciones: doce el primer año, catorce el segundo, veinte a partir del quinto. Cada vez que cambian, el patrón tiene que presentar un aviso de modificación de salario ante el IMSS dentro de los cinco días hábiles siguientes.

    Cómo calcularlo a mano

    1. Divide el sueldo mensual entre treinta: ese es el salario diario.
    2. Divide los días de aguinaldo entre 365. Con quince días, 0,0411.
    3. Multiplica los días de vacaciones por el porcentaje de prima y divide entre 365. Con doce días al 25 %: 3 ÷ 365 = 0,0082.
    4. Suma: 1 + 0,0411 + 0,0082 = 1,0493.
    5. Multiplica el salario diario por ese factor.

    Un atajo útil para comprobar: el integrado tiene que quedar un 5 % por encima del salario diario con prestaciones de ley. Si sale mucho más, alguna prestación se está integrando de más; si sale igual, se ha olvidado el aguinaldo.

    Lo que conviene saber

    No todo lo que se cobra integra. El artículo 27 de la Ley del Seguro Social excluye varias prestaciones cuando se pactan de cierta manera: el fondo de ahorro si patrón y trabajador aportan por igual, los vales de despensa hasta un porcentaje de la UMA, las aportaciones al plan de pensiones, la alimentación y la habitación cuando se cobran. Fuera de esos supuestos, lo que se recibe de forma regular integra, y ahí entran comisiones, bonos fijos y premios de asistencia por encima del límite exento.

    Existe además un tope: la cotización al IMSS se limita a veinticinco veces la UMA diaria. Esta calculadora no lo aplica, y es deliberado: el valor de la UMA lo publica el INEGI cada febrero y aquí no hay una fuente fechada para él. Un tope viejo daría una cifra falsa con aspecto de exacta. Si tu salario ronda ese límite, comprueba la UMA vigente.

    Por último, ojo con la diferencia entre el SDI y el salario base de cotización. En la práctica coinciden para la mayoría de la gente, pero el SBC es el que efectivamente se registra ante el IMSS, ya con topes y exclusiones aplicados. Lo que calcula esta página es el integrado del artículo 84, que es el punto de partida.

    Preguntas frecuentes

    ¿Cómo se calcula el salario diario integrado?

    Se toma el salario diario y se le suma la parte proporcional del aguinaldo y de la prima vacacional. Con las prestaciones mínimas de ley y un año de antigüedad, el factor es 1,0493: un salario diario de 500 pesos da un SDI de 524,65.

    ¿Qué es el factor de integración?

    El número por el que se multiplica el salario diario para obtener el integrado. Sale de sumar 1 más los días de aguinaldo entre 365 más los días de vacaciones por el porcentaje de prima, también entre 365.

    ¿Para qué sirve el SDI?

    Es la base con la que el IMSS calcula las cuotas y con la que se determinan las prestaciones: incapacidades, pensiones y el crédito del Infonavit. También es la base de la indemnización por despido injustificado, que se calcula sobre el salario integrado y no sobre el nominal.

    ¿El SDI sube con la antigüedad?

    Sí, porque suben los días de vacaciones. Con un año son 12 días y el factor 1,0493; con cinco años son 20 días y el factor 1,0548. Cada aumento de vacaciones obliga al patrón a presentar un aviso de modificación de salario ante el IMSS.

    ¿Qué prestaciones se integran y cuáles no?

    Se integran las cantidades que el trabajador recibe por su trabajo de forma fija: aguinaldo, prima vacacional, bonos de puntualidad por encima del límite exento, comisiones. El artículo 27 de la Ley del Seguro Social excluye ciertas prestaciones como el fondo de ahorro cuando se aporta por partes iguales, o los vales de despensa hasta un porcentaje de la UMA.

    ¿Hay un tope al SDI?

    Sí: para efectos del IMSS la cotización se limita a veinticinco veces la UMA. Esta calculadora no lo aplica porque el valor de la UMA cambia cada febrero y publicar un tope caducado sería peor que no publicarlo. Consulta la UMA vigente en el INEGI si tu salario está cerca de ese límite.