Finiquito no es lo mismo que liquidación
Se usan como sinónimos y no lo son, y la diferencia vale dinero. El finiquito es lo que ya te has ganado trabajando: los días del mes en curso, las vacaciones que no llegaste a disfrutar y la parte proporcional del aguinaldo o de las pagas extra. Eso se cobra siempre, renuncies tú o te echen.
La liquidación o indemnización es otra cosa: una compensación por perder el empleo sin haberlo buscado. Solo aparece cuando la salida no es voluntaria, y es la parte que más varía de un país a otro. Por eso la calculadora las separa en el desglose en vez de dar un número único: si te ofrecen una cifra global, lo primero es ver cuánto de eso era dinero que ya te debían de todas formas.
Qué entra en cada país
México. El finiquito lleva aguinaldo proporcional, vacaciones y prima vacacional del 25 %. La prima de antigüedad son doce días por año, pero calculados sobre un salario topado a dos salarios mínimos, no sobre el tuyo: por eso en sueldos altos sale mucho menor de lo esperado. Si el despido es injustificado se suman tres meses de salario más veinte días por año trabajado.
España. El finiquito son las vacaciones pendientes y la parte proporcional de las pagas extra si no van prorrateadas. La indemnización depende de cómo se califique el despido: veinte días por año con tope de doce mensualidades si es objetivo, y treinta y tres días con tope de veinticuatro si es improcedente. Esa diferencia es la razón de que casi todos los pleitos laborales giren en torno a la calificación.
Colombia. La liquidación reúne cesantías, sus intereses del 12 %, la prima de servicios y las vacaciones compensadas. La indemnización del artículo 64 tiene dos tramos: quien gana menos de diez salarios mínimos cobra treinta días por el primer año y veinte por cada año siguiente; a partir de diez salarios baja a veinte y quince. Ganar más puede significar cobrar menos indemnización en proporción.
Perú. La CTS se liquida por semestres que empiezan en mayo y noviembre, y su base no es el sueldo pelado sino la remuneración computable, que incorpora un sexto de la gratificación. El despido arbitrario paga una remuneración y media por año, con tope de doce: a partir de los ocho años de antigüedad la indemnización deja de crecer.
Chile. La indemnización por años de servicio son treinta días por año, pero solo si el despido es por necesidades de la empresa o desahucio; con el artículo 160 no hay nada. Tiene dos topes que se suman: once años de antigüedad y noventa UF de remuneración. Y una fracción superior a seis meses cuenta como año entero, así que un mes de diferencia en la fecha de salida puede valer un sueldo completo.
Argentina. Un mes de la mejor remuneración por año o fracción mayor de tres meses, con un mínimo de un mes. A eso se suman el preaviso —uno o dos meses según se pasen los cinco años—, la integración del mes de despido y el aguinaldo sobre ambos. El tope del artículo 245 depende del convenio colectivo, así que aquí es un campo: si lo dejas vacío, no se aplica.
Ecuador. El despido intempestivo paga tres meses hasta los tres años de servicio y uno por año a partir de ahí, con tope de veinticinco. La bonificación por desahucio del artículo 185 es independiente y se cobra además, no en lugar de. Cualquier fracción de año cuenta como año completo.
Cómo calcularlo a mano
- Cuenta los días trabajados del año en curso, desde el 1 de enero o desde tu alta.
- Prorratea el aguinaldo o las pagas extra sobre esos días.
- Calcula las vacaciones devengadas y no disfrutadas, y su prima si tu país la tiene.
- Si la salida no es voluntaria, aplica aparte la fórmula de indemnización que corresponda.
Dónde se pierde dinero
El error más caro es aceptar una cifra global sin desglose. Si no ves concepto a concepto qué te están pagando, no puedes saber si falta algo, y lo que suele faltar son las vacaciones devengadas del año en curso o la parte del aguinaldo. El segundo es firmar el finiquito como «saldo y finiquito» sin leerlo: en muchos países esa firma cierra la puerta a reclamar después, aunque la cuenta estuviera mal.
El tercero es calcular sobre el salario base cuando se cobra parte en comisiones, bonos o pagos en especie. En casi todas las legislaciones la base de cálculo es el salario real, incluidos esos conceptos, y usar solo el base deja la indemnización corta. Si tu retribución es variable, la cifra de aquí es un suelo, no el resultado.