Qué es y cuándo se cobra
La prima de antigüedad es una prestación del artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo: doce días de salario por cada año de servicio. No es una indemnización por despido ni forma parte del finiquito ordinario; es un pago propio que reconoce el tiempo trabajado y que se cobra al salir de la empresa.
Se paga en cuatro situaciones, y la primera es la que tiene condición:
- Renuncia voluntaria, pero solo con quince años o más de servicio. Por debajo de esa antigüedad, quien se va por su propio pie no cobra prima.
- Despido, justificado o injustificado, con la antigüedad que sea.
- Muerte del trabajador: la cobran los beneficiarios.
- Incapacidad que impida seguir trabajando.
Esa asimetría entre renunciar y ser despedido es deliberada: la prima nació para compensar la pérdida del empleo, no la decisión de cambiar de trabajo. Los quince años son el punto en que el legislador consideró que la relación laboral ya había generado un derecho propio.
El tope de dos salarios mínimos
Aquí está el detalle que sorprende a casi todo el mundo. El artículo 486 dice que, cuando el salario exceda del doble del mínimo, ese doble es el que se usa para calcular la prima. No el sueldo real. Con el mínimo general vigente, el tope diario ronda los seiscientos treinta pesos, así que quien gana más de unos diecinueve mil al mes cobra exactamente lo mismo que quien gana el doble.
La calculadora muestra las dos cifras a propósito: la que sale con el tope y lo que este te resta. La diferencia no es un error del cálculo, es la ley. Y conviene conocerla antes de negociar una salida, porque marca cuánto de lo que se discute es realmente negociable.
El tope va pegado al salario mínimo, y por tanto sube cada enero. La Zona Libre de la Frontera Norte tiene su propio mínimo, más alto, así que allí el tope también lo es: el selector de la calculadora aplica el que corresponda.
Cómo calcularla a mano
- Divide el sueldo mensual entre treinta. Ese es el salario diario que usa la ley, siempre entre treinta y no entre los días que tenga el mes.
- Multiplica el salario mínimo diario por dos. Ese es el tope.
- Quédate con el menor de los dos: tu salario diario o el tope.
- Cuenta los años de servicio con sus fracciones. Doce años y medio son 12,5, no 12.
- Multiplica el salario que te has quedado por doce y por los años.
Prima = min(salario diario, 2 × salario mínimo) × 12 × años de servicio
Lo que conviene saber
La prima de antigüedad se suma a lo demás, no lo sustituye. En un despido injustificado se cobran también los noventa días de indemnización constitucional y los veinte días por año, además del finiquito con aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales. Cada concepto tiene su propia base de cálculo, y solo la prima de antigüedad lleva el tope de dos mínimos: la indemnización se calcula sobre el salario real.
La prima está sujeta a ISR, aunque con una parte exenta que depende de la UMA vigente y del resto de percepciones del ejercicio. Las cifras de esta página son brutas.
Si la empresa se resiste a pagarla, el plazo para reclamar es de un año desde el día siguiente a la separación, ante el Centro de Conciliación que corresponda antes de acudir al tribunal laboral. La conciliación previa es obligatoria desde la reforma de 2019.